Temporary Visas (Español)

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Visas Temporales De No Inmigrante

Profesionales:

Hay varios programas para trabajadores temporales que posean título profesional o el equivalente en experiencia de trabajo.

La clasificación H-1B se aplica empresas que deseen contratar a extranjeros en posición  profesional llamada “ocupación especializada”. Una “ocupación especializada” es una ocupación que requiere la aplicación de un conjunto de conocimientos altamente especializados y tener al menos un título profesional o su equivalente través de la experiencia. Este programa ayuda a las empresas a la contratación temporal de personas calificadas que no estarían autorizados a trabajar de otra manera en los Estados Unidos.

La clasificación H-1B1 permite a las empresas a contratar temporalmente a trabajadores profesionales de Chile o Singapur en una “ocupación especializada” tal como la anterior.

La clasificación H-1B2  es para empleados en proyectos de investigación y desarrollo del gobierno que les autoriza temporalmente a estas personas a llevar a cabo servicios en cooperación de la investigación y desarrollo de proyectos en relación con el Departamento de Defensa (DOD).

La clasificación E-3 permite a las empresas contratar temporalmente a empleados provenientes de Australia en base a una “ocupación especializada”.

La clasificación TN permite a las empresas contratar a ciudadanos canadienses o mexicanos en aéreas profesionales de acuerdo a la clasificación profesional del acuerdo del libre comercio (NAFTA).

MODELO PROFESIONAL DE PASARELA:

La clasificación H-1B3 permite a un extranjero trabajar en los Estados Unidos como modelo profesional de pasarela. La petición de visa debe ser presentada por una empresa o un agente en Estados Unidos. La evidencia debe establecer que el modelo es reconocido(a) nacional o internacional y llevará a cabo eventos de reputación distinguida. A diferencia de otras clasificaciones modelos profesionales de pasarela no están obligados(as) a tener un título profesional.

APRENDICES:

La clasificación H-3 permite a las empresas pedir a extranjeros que vienen temporalmente como aprendiz con el fin de recibir formación en cualquier campo de la actividad de la empresa (que no sea la educación médica de posgrado o de formación) que no se encuentra disponible en el país de origen del extranjero; o visitante de intercambio para participar en un programa de entrenamiento de intercambio educativo que proporciona la formación práctica y experiencia en la educación de los niños con discapacidades físicas, mentales o emocionales.

Representante De Los Medios De Comunicación

La clasificación I autoriza a los representantes de los medios de comunicación en el extranjero (periodistas, equipos de filmación, editores y ocupaciones similares) para que representen exclusivamente a su empresa extranjera de medios de información en los Estados Unidos (tales como prensa, radio, cine u otro tipo).

Habilidades Extraordinarias

La clasificación O-1 es para personas que poseen habilidades extraordinarias en las ciencias, artes, educación, negocios o atletismo y que tienen una trayectoria de logros extraordinarios en el área de su actividad o en películas de cine o la industria de la televisión y ha sido reconocido a nivel nacional o internacional por esos logros. Para calificar para una visa O-1, el beneficiario debe demostrar extraordinaria habilidades con reconocimiento nacional o internacional sostenido y debe venir temporalmente a los Estados Unidos para continuar el trabajo en el área de esa habilidad extraordinaria.

Habilidad extraordinaria en los campos de la ciencia, educación, negocios o atletismo significa que la persona tiene un nivel de habilidad que ha llegado al tope de su profesión o que pertenece a ese pequeño porcentaje que ha alcanzado el nivel más alto dentro de su actividad.

La clasificación O-2 es para aquellas personas que van a acompañar a una O-1, artista o deportista, o como asistente o “parte integrante” o “esencial” para la finalización de la producción en un evento específico o función.

Atletas

La clasificación P-1A se aplica a individuos que vienen a los EE.UU. temporalmente para participar en un evento atlético específico, una competencia o presentación de forma individual o como parte de un grupo o equipo, a nivel internacionalmente reconocido. Debe demostrar con evidencias el grado de habilidad y reconocimiento sustancialmente por encima de lo normalmente encontrado de modo que el logro es reconocido, sobresaliente, o bien conocido en más de un país. El evento en el que participará el equipo debe ser distinguido y requiere la participación de los equipos atléticos de reconocimiento internacional.

Grupo de Artistas Reconocidos

La clasificación P-1B se aplica a las personas que vienen a los Estados Unidos temporalmente para llevar presentarse como miembro de un grupo de entretenimiento que ha sido reconocido internacionalmente como sobresaliente en su disciplina durante un período sostenido y sustancial de tiempo.  Al menos el 75 por ciento de los miembros del grupo deben haber tenido una calidad sustancial y sostenida con el grupo durante al menos un año y deben ser reconocido a nivel internacional, o que tienen un alto nivel de logros en su campo por encima de lo que ordinariamente se encuentra. La reputación del grupo es esencial y no los logros individuales de sus miembros o el reconocimiento de una producción en particular. Los artistas individuales que no participen como parte de un grupo no son elegibles para este tipo de visa.

Artistas De Circo

Artistas de circo extranjero y personal de circo esenciales están exentos del requisito de trabajo previo por un año y del requisito de reconocimiento internacional. Ciertos grupos de entretenimiento conocidos a nivel nacional pueden estar exentos del requisito de reconocimiento internacional si pueden demostrar que han sido reconocidos a nivel nacional como sobresaliente en su disciplina por una cantidad de tiempo sostenido.

Artistas Individuales o Grupo de Artistas Bajo un Programa de Intercambio Recíproco

La clasificación P-2 se aplica a individuos que vienen temporalmente a desempeñarse como artistas o animadores, de forma individual o como parte de un grupo, que llevará a cabo bajo un programa de intercambio recíproco entre una organización en los Estados Unidos y una organización en otro país.

Artistas O Animadores Que Vienen A Ser Parte De Un Programa Cultural Único

La clasificación P-3 se aplica a las personas que vienen temporalmente a realizar, enseñar o entrenar como artistas o animadores, individualmente o como parte de un grupo, bajo un programa que es culturalmente único. Estas personas vienen a desarrollar, interpretar, representar, entrenar o enseñar una presentación única o tradicional, cultural, musical, teatral o ejecución artística étnica. También, participar en un evento o eventos que impulsará el conocimiento o el desarrollo de la forma de arte cultural de su país.

Representantes Religiosos

La clasificación R-1 es para un extranjero que viene a los Estados Unidos temporalmente para trabajar como un ministro o vocación religiosa u otra ocupación al menos a tiempo parcial (al menos 20 horas por semana) por una organización sin fines de lucro religiosa en los Estados Unidos, o una organización religiosa que está autorizada como exenta del pago de impuestos, o una organización religiosa sin fines de lucro que está afiliada a una denominación religiosa en los Estados Unidos. Estos trabajadores religiosos se dedican a las prácticas religiosas y funciones que se distinguen de los miembros seculares de la religión. Además deben ser miembros de la denominación religiosa durante al menos dos años inmediatamente antes de la petición.

Programas de Intercambio en Los Estados Unidos

Hay dos categorías de visas para personas que deseen participar en programas de intercambio en los Estados Unidos.

La clasificación J es para las personas que quieren participar en programas de intercambio educativos y culturales designados por el Departamento de Estado, Oficina de Asuntos Consulares.  Esto es para aquellos que tengan la intención de participar en un programa aprobado para el propósito de enseñar, instruir, discutir, estudiar, observar, realizar investigaciones, consultar, demostrar habilidades especiales, recibir entrenamiento, o para recibir la educación médica de posgrado o de formación.

El Departamento de Estado designa ciertas entidades públicas y privadas para que actúen como patrocinadores de programas de intercambio. Estos programas están diseñados para promover el intercambio o personas, el conocimiento y las habilidades, en los campos de la educación, las artes y las ciencias. Los ejemplos de los visitantes de intercambio pueden ser profesores o investigadores, asistentes de investigación, estudiantes, aprendices, maestros, especialistas, niñeras /au pairs, consejeros de campamento, etc.

La clasificación Q es para las personas que van a participar en un programa internacional de intercambio cultural designado por el Servicio de Inmigración (USCIS). Esto es con el fin de proporcionar una formación práctica y empleo, y para compartir la historia, la cultura y las tradiciones de su país de origen con Estados Unidos.

Programa de Exención Conrad 30

El programa de Exención Conrad 30 permite a los médicos bajo clasificación J-1, aplicar por una exención para el requisito de dos años de residencia tras la finalización del programa de intercambio. El programa se dirige a la escasez de médicos calificados en las áreas carentes de servicios médicos. El médico debe estar de acuerdo a ser empleado a tiempo completo en H-1B estatus en un centro de atención de salud ubicado en un área designada por el Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) de los Estados Unidos calificada como una área profesional de escasez de salud (HPSA), zonas médicamente marginadas (MUA), o sin atención médica a la población (MUP); obtener un contrato del centro de salud ubicado en un área designada por el HHS como HPSA, MUA, o MUP; obtener la carta de “no objeción” de su país de origen siempre que el Gobierno extranjero haya financiado el programa de intercambio y estar de acuerdo para comenzar el empleo en el centro de atención médica dentro de los siguientes noventa días a la otorgación de la exención, no de la fecha de expiración de su visa J-1. Hay reglas específicas del departamento de salud pública de cada Estado.

Visas De Inversionistas

Inversionistas Basados De Tratados Comerciales

La clasificación E-1 le permite a un “nacional” de un país, que mantenga un tratado de comercio y navegación con Estados Unidos, para ser admitido a los Estados Unidos con el objeto de realizar intercambio de mercancías entre ambos países. Ciertos empleados “nacionales” también pueden ser elegibles para esta clasificación.

La clasificación E-2 permite a un “nacional” de un país, que mantenga un tratado de comercio y navegación con Estados Unidos, para ser admitido a los Estados Unidos con el objeto de invertir una cantidad sustancial de capital en un negocio en Estados Unidos. Ciertos empleados foráneos del país de origen pueden ser elegibles para esta clasificación. Hay una lista actualizada de los países con los que Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación.

Transferencia Multinacional de Empleado Ejecutivo o Gerencial

La clasificación L-1A permite a una empresa en Estados Unidos para transferir un ejecutivo o gerente de una de sus oficinas afiliadas o subsidiarias a alguna de sus oficinas en los Estados Unidos. Esta clasificación también permite a una empresa extranjera, el enviar a un ejecutivo o gerente a los Estados Unidos con el propósito de establecer una nueva oficina/sucursal. La empresa en el extranjero deben estar haciendo negocios durante al menos un año y el empleado a su vez debe haber estado trabajando con la empresa en el extranjero en capacidad ejecutiva o gerencial por lo menos un año en los últimos tres años.

Transferencia Multinacional de Empleado de Conocimiento Especializado

La clasificación L-1B autoriza a una empresa en Estados Unidos a transferir a sus oficinas a un empleado profesional con “conocimiento especializado” (en asuntos de la organización), quien ha estado trabajando con una empresa subsidiaria o afiliada en el extranjero. La empresa en el extranjero debe estar haciendo negocios durante al menos un año y el empleado debe haber  trabajando con la empresa en el extranjero durante al menos un año en los últimos tres años.  Esta clasificación también autoriza a la transferencia de empleado con conocimiento especializado para ayudar a establecer una oficina nueva en los Estados Unidos.

Visitante Temporal de Negocios

La clasificación B-1 es para las personas que participarán en actividades comerciales de carácter comercial o profesional en los Estados Unidos, incluyendo, pero no limitado a: asesoría a clientes, atendiendo a una convención científica, educativa, profesional o de negocios, o a una conferencia específicas, para partición de herencia, negociación de un contrato, participación en programas de entrenamiento a corto plazo, compra de mercancías o maquinarias, atender a un juicio, en tránsito por los Estados Unidos: algunos miembros de la tripulación aérea pueden entrar en los Estados Unidos con una visa B-1. La persona permanece en Estados Unidos por un período limitado de tiempo y debe tener los fondos para cubrir sus gastos del viaje durante su estancia en Estados Unidos y lo más importante es no tener la intención de abandonar el domicilio de su país de origen.

Estudiantes

La clasificación F-1 (Estudiante Académico) permite que extranjeros entren en Estados Unidos como estudiante a tiempo completo en un colegio acreditado, universidad, seminario, conservatorio, escuela secundaria académica, escuela primaria u otra institución académica o en un programa de enseñanza de idiomas. La persona debe estar inscrita en un programa o curso de estudio que culmina en un título, diploma o certificado y la escuela debe ser autorizada por el gobierno de Estados Unidos para aceptar estudiantes internacionales. El periodo de estadía autorizada corresponderá a la duración del programa. La persona o el patrocinante deberán tener los recursos financieros disponibles para cubrir los gastos de estadía y estudios mientras el individuo permanezca en los Estados Unidos.

M-1 Visa de Estudiante

La clasificación M-1 (Estudio Vocacional) incluye a estudiantes en programas académicos de formación vocacional u otro tipo no académico, diferente de aprendiza de lenguaje. La duración de esta visa no puede ser mayor de seis meses.

Empleo Estudiantil

Los estudiantes en F-1 no pueden trabajar fuera del campus durante el primer año académico, pero pueden aceptar un empleo en campus sujeto a ciertas condiciones y restricciones.  Hay varios programas disponibles para estudiantes bajo clasificación F-1 para buscar un empleo fuera del campus, después del primer año académico.

Los estudiantes pueden participar en tres tipos de empleo fuera del campus: Formación Curricular Práctica (CPT), Entrenamiento Opcional Práctico (OPT) (solo después de la obtención del título) y la extensión de entrenamiento OPT en Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas (STEM).

Para ambos estudiantes bajo clasificación F-1 y M-1 cualquier empleo fuera del campus debe estar relacionado con su área de estudio y deberá ser autorizado por inmigración antes de iniciar cualquier trabajo.

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